El Gobierno boliviano aprobó el Decreto Supremo 5470, que establece el pago de vacaciones no utilizadas para funcionarios públicos en situaciones específicas como fallecimiento, renuncia, destitución, extinción de la entidad o por sentencia judicial ejecutoriada. Esta medida, publicada en la Gaceta Oficial, modifica el reglamento de la Ley N° 2027 del Estatuto del Funcionario Público y busca garantizar el reconocimiento de derechos laborales en momentos críticos.
Según el decreto, las entidades públicas deberán realizar el pago correspondiente dentro de un plazo máximo de 45 días calendario, sin necesidad de que el funcionario afectado presente una solicitud formal. En casos de renuncia o cierre institucional, el desembolso será automático, lo que representa un avance en la protección de los trabajadores del sector público. El beneficio también se extiende a los herederos en caso de fallecimiento del servidor público.
El financiamiento de estos pagos dependerá de la fuente de recursos de cada entidad. Aquellas que operan con fondos distintos al Tesoro General de la Nación (TGN) deberán cubrir el gasto dentro de su presupuesto institucional, mientras que las que dependen del TGN podrán solicitar apoyo económico, sujeto a evaluación. Los ministros del Estado fueron instruidos para garantizar la implementación efectiva de esta disposición antes del cierre de gestión gubernamental.


