La Sala Constitucional Segunda de La Paz rechazó el amparo interpuesto por René Yahuasi y confirmó la decisión del Tribunal Supremo Electoral de no realizar segunda vuelta en la elección a gobernador.
La Sala Constitucional Segunda de La Paz resolvió, de manera unánime, rechazar la acción de amparo presentada por René Yahuasi, al determinar que no se evidenció vulneración de derechos políticos ni del debido proceso en su caso.
La decisión fue adoptada tras una audiencia virtual que se prolongó por aproximadamente cuatro horas, en la que se analizaron los argumentos del excandidato en contra de la resolución emitida por el Tribunal Supremo Electoral (TSE).
En su fallo, la instancia constitucional concluyó que el órgano electoral actuó conforme a la normativa vigente al aceptar la declinación de la organización política Nueva Generación Patriótica, situación que dejó sin efecto la realización de una segunda vuelta electoral en el departamento.
Asimismo, la Sala dispuso dejar sin efecto la medida cautelar que había suspendido la proclamación del ganador, permitiendo así la consolidación de Luis Revilla como autoridad electa.
Yahuasi había cuestionado la decisión de su organización política de retirarse del proceso de balotaje, argumentando que no fue consultado y denunciando presuntas irregularidades. No obstante, el tribunal determinó que no existieron actos arbitrarios ni vulneraciones a sus garantías constitucionales.
Con esta resolución, se cierra la vía legal iniciada por el excandidato y se ratifica la validez del proceso electoral en La Paz, descartando definitivamente la realización de una segunda vuelta.


