El Gobierno ha emitido una directriz para el pago del aguinaldo de Navidad 2024 en las entidades públicas y privadas del país. Este pago debe realizarse como máximo hasta el viernes 20 de diciembre, y se aplicarán sanciones, incluyendo el pago doble, en caso de incumplimiento.
De acuerdo con el instructivo DGTHSO N°088/2024, publicado por el Ministerio de Trabajo en sus redes sociales, todas las instituciones, empresas, tanto públicas como privadas, comerciales, industriales, de servicios o de cualquier otra actividad, con o sin fines de lucro, que cuenten con trabajadores sujetos a la Ley del Trabajo, deberán abonar el aguinaldo.
El instructivo establece que los beneficiarios son los trabajadores que presten servicios bajo subordinación y dependencia, que reciban remuneración en cualquiera de sus modalidades, y que hayan trabajado al menos tres meses continuos o un mes calendario en el caso de los obreros.
El monto del aguinaldo de Navidad se calculará tomando como base el promedio de los ingresos obtenidos en los tres últimos meses previos. En caso de no haber trabajado los 12 meses completos del año, el pago se realizará proporcionalmente en duodécimas, según el tiempo trabajado.
Además, se aclara que el aguinaldo de Navidad no puede ser embargado judicialmente, retenido o descontado por concepto de impuestos, aportes, renuncia, compensación o acuerdo alguno; debe pagarse en su totalidad.
Los empleadores del sector privado deben presentar las planillas de pago del aguinaldo ante el Ministerio de Trabajo antes del 30 de diciembre.