domingo, diciembre 7, 2025
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Servidores públicos deberán recibir pago de vacaciones pendientes en un máximo de 45 días, según Decreto 5470

El Gobierno nacional aprobó el Decreto Supremo 5470, que obliga a pagar a los servidores públicos las vacaciones no utilizadas dentro de un plazo máximo de 45 días calendario. La disposición, firmada el 8 de octubre por el presidente Luis Arce y su gabinete, busca asegurar los derechos laborales y reforzar la obligatoriedad del descanso anual, conforme al Estatuto del Funcionario Público.

Este decreto modifica el Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley 2027 del Estatuto del Funcionario Público y regula las condiciones en las que las vacaciones, que son irrenunciables y de uso obligatorio, pueden ser compensadas económicamente.

Según el artículo 2, parágrafo I, del decreto, el derecho a las vacaciones es irrenunciable y debe usarse, salvo en casos específicos como fallecimiento (a favor de sus herederos), extinción de la entidad, destitución, renuncia al cargo o cuando haya una sentencia judicial ejecutoriada.

En estas situaciones, las entidades públicas deberán realizar el pago correspondiente por vacaciones no tomadas en un plazo máximo de 45 días. Además, el pago debe hacerse de oficio, sin que los servidores tengan que solicitarlo.

El decreto también revisa normas sobre el aguinaldo de Navidad, estableciendo que su pago a servidores y exfuncionarios debe completarse como máximo hasta el 20 de diciembre de cada año.

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