A un día del inicio del juicio contra la expresidenta, Jeanine Áñez, por el caso denominado “golpe de Estado II”, el abogado Luis Guillén observó que existe una negativa de querer llevar el juicio de forma presencial, ya que considera que al ser virtual ni siquiera se puede conocer al juez que dictamina una decisión.“En toda Bolivia se están llevando los juicios de forma presencial; sin embargo, existe una negativa bajo el pretexto del Covid-19 de llevar este juicio de forma presencial”, denunció Guillen. “Esperemos que tengan el valor de hacer que este juicio sea presencial”, acotó.
Subrayó que en los diferentes tribunales de justicia, en los nueve departamentos de Bolivia, los juicios se llevan adelante de forma presencial o de forma mixta, pero en el caso de la expresidenta Jeanine Añez se decidió llevar delante de forma virtual.Dijo que tienen otras observaciones. Explicó que en el inicio de un juicio el tribunal notifica a las partes y abre el auto de apertura, pero que en el caso de la exmandataria esas actuaciones fueron realizadas por un juez suplente que no participará en el juicio.“Este juez suplente es el que realiza el auto de apertura del juicio, que es el documento que va señalar sobre qué va tratar el juicio. Este juez suplente agarra y copia la acusación fiscal dentro del auto de apertura del juicio, una cuestión que no se puede hacer. Imagínese, si copiamos la acusación fiscal, ya para qué vamos hacer un juicio”, cuestionó.Además, explicó que en el auto de apertura existe nominativos como “el gobierno de facto” y “la ilegal sucesión constitucional”.El juicio contra la exmandataria inicia este jueves y será de forma virtual. Guillen explicó que el caso “golpe de Estado II” fue fraccionado del primero que se le sigue a Áñez por “sedición, conspiración y terrorismo”.Indicó que el objeto del juicio será el mismo por el que se sigue en el primer caso denunciado por la exdiputada del MAS, Lidia Patty: “La asunción presidencial de la exmandatario de Estado ha sido o no constitucional, pese a que el artículo 169 de la Constitución habla de la sucesión constitucional ipso facto ante un vacío de poder”.