El Gobierno aprobó el Decreto Supremo 5654, que elimina los descuentos automáticos por planilla destinados a aportes sindicales para servidores públicos y jubilados del nivel central del Estado, con el objetivo de proteger sus ingresos y evitar descuentos no autorizados.
La norma establece que solo podrán realizarse descuentos por conceptos de seguridad social de largo plazo, faltas, atrasos, sanciones administrativas, RC-IVA, asistencia familiar por orden judicial y recuperaciones en favor del Estado por cobros indebidos. Asimismo, instruye a las entidades públicas dejar sin efecto cualquier otro descuento que no esté contemplado en estas categorías.
El decreto también abroga siete normas anteriores, entre ellas el Decreto Supremo 0106 de 2009, que regulaba los aportes sindicales del magisterio, además de derogar artículos de otros dos decretos relacionados con este mecanismo.
A partir de la vigencia de la norma, quienes deseen realizar aportes voluntarios deberán autorizar de forma individual, expresa, revocable y verificable el débito directo desde su cuenta bancaria. En el caso de los jubilados del Sistema de Reparto, el Senasir solo podrá efectuar los descuentos autorizados por la nueva disposición.
El decreto faculta además a las entidades territoriales autónomas a adoptar medidas similares dentro de sus competencias, mientras que las Fuerzas Armadas y la Policía Boliviana quedan excluidas de esta normativa.

