El Ministerio de Obras Públicas, mediante comunicado, sostuvo que existen delitos y que el Director General Ejecutivo de AASANA, Ronny Balderrama, incumplió deberes e infringió la ley con las operaciones aéreas que se desarrollaron el 10 de marzo en el Aeropuerto de Chimoré, dado que se puso en riesgo la seguridad de pilotos y de quienes viajaron con ellos.La polémica surgió después de que el periódico El Deber publicó que, según denuncia del sindicato de Aasana, el 10 de marzo se registró 36 operaciones de aterrizajes y despegue de aeronaves en el Aeropuerto de Chimoré, sin contar con condiciones de seguridad en la terminal aérea.El Ministerio de Obras indicó las operaciones no fueron coordinadas con esa entidad y que ya el 11 de marzo solicitó al Director de la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares de Navegación Aérea (AASANA), que revele quién autorizó el acto de reapertura del aeropuerto y otros aspectos, como si había personal antidroga para hacer el control.
Además, según el Ministerio, se instruyó que la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) realice un informe al respecto.En ese marco, la DGAC realizó una inspección técnica en fecha 18 de marzo, determinando la suspensión de operaciones aéreas al tener observaciones en diferentes áreas.Al constatarse que se habían realizado operaciones poniendo en peligro a los politos y quienes viajaron con ellos, el Ministerio sostuvo que el Director de AASANA incurrió en delitos que deben ser investigados.“Al haberse realizado operaciones en un Aeropuerto que no contaba con todos los aspectos técnicos saneados se puso en peligro la seguridad de los pilotos y de las personas que viajaron con ellos, incurriendo el Director General Ejecutivo de AASANA en incumplimiento de deberes e infringiendo lo establecido en la Ley 2902 de Aeronáutica Civil en su Artículo 191, al poner en riesgo las operaciones en el referido Aeropuerto. Estamos hablando de delitos que deben ser investigados y sancionados por el Ministerio Público”, dice el comunicado.El Artículo 191 de la Ley 2903 establece sanción de uno a seis años de cárcel para el que realice cualquier acto que ponga en peligro la seguridad de un aeródromo, de un aeropuerto o de la circulación aérea.El Ministerio agregó que en el presente caso se ha tomado las acciones legales y técnicas necesarias a fin de cumplir con la norma técnica y legal nacional e internacional.