La Oficina Regional para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Acnudh) señaló que los Estados miembros de la Organización de las Naciones Unidas tienen la facultad de declarar estados de excepción en circunstancias extraordinarias, siempre que estas medidas se adopten dentro de los límites establecidos por la Constitución y los compromisos internacionales en materia de derechos humanos.
El pronunciamiento fue realizado mediante una comunicación enviada por Xavier Mena, representante regional del organismo, a la Cámara de Diputados de Bolivia, en respuesta a una solicitud de criterio técnico formulada por el presidente de la Comisión de Derechos Humanos de esa instancia legislativa, Marcelo Solis.
La consulta estuvo relacionada con la aplicación de estados de excepción en países que forman parte de la ONU y se produjo en el contexto del tratamiento de la Ley de Regulación de Estados de Excepción, recientemente promulgada por el Gobierno boliviano.
En su respuesta, la Acnudh recordó que el artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos contempla la posibilidad de que los Estados adopten medidas extraordinarias ante situaciones que representen una amenaza para la vida de la nación.
“Procede recordar lo dispuesto en el artículo 4° del Pacto que precisamente reconoce a los Estados parte la facultad de decretar estados de excepción bajo determinadas condiciones en las que pueden legítimamente restringirse o suspenderse temporalmente algunos derechos”, señala la carta firmada por Xavier Mena, representante de la Oficina Regional del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
La opinión técnica fue presentada durante la sesión legislativa en la que la Cámara de Diputados aprobó la Ley de Regulación de Estados de Excepción, norma que posteriormente fue promulgada por el presidente Rodrigo Paz en medio de un escenario marcado por movilizaciones y bloqueos registrados en distintas regiones del país.
El documento de Naciones Unidas subraya que la aplicación de medidas excepcionales debe ajustarse estrictamente a la legalidad y respetar las obligaciones internacionales asumidas por los Estados.
Según el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, cuando un país decide suspender temporalmente determinadas obligaciones derivadas de ese tratado, debe informar de manera inmediata a los demás Estados miembros sobre las disposiciones afectadas y las razones que justifican la medida.
Asimismo, la Acnudh recordó que cualquier declaratoria de estado de excepción debe desarrollarse bajo los principios establecidos por la Constitución y las leyes nacionales.
“Al proclamar un estado de excepción cuyas consecuencias pueden entrañar la suspensión de cualquier disposición del Pacto, los Estados deben actuar dentro del marco constitucional y demás disposiciones de ley que rigen esa proclamación y el ejercicio de las facultades de excepción”, establece la Observación General N.º 29 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, citada por el organismo.
La oficina regional también destacó algunos aspectos incorporados en la Ley de Regulación de Estados de Excepción aprobada en Bolivia, entre ellos la inclusión de principios de constitucionalidad, legalidad y respeto a los instrumentos internacionales de derechos humanos.
De acuerdo con el análisis remitido al Legislativo, estas disposiciones permiten establecer procedimientos y mecanismos más precisos para la aplicación de eventuales medidas extraordinarias, fortaleciendo los controles institucionales y la supervisión de las actuaciones estatales.
La Acnudh resaltó especialmente la importancia de garantizar mecanismos de rendición de cuentas durante cualquier estado de excepción, con el fin de evitar abusos y proteger los derechos fundamentales de la población.
“Es de suma importancia que los Estados no adopten medidas que flexibilicen la rendición de cuentas de las actuaciones de las fuerzas de orden y seguridad. La rendición de cuentas, principio fundamental en el uso de la fuerza y cualquier actuación pública, es un pilar base para evitar violaciones de derechos humanos”, afirmó Xavier Mena.
La comunicación concluye señalando que la existencia de normas claras y procedimientos definidos contribuye a asegurar que las medidas excepcionales sean aplicadas respetando los principios de igualdad, no discriminación y protección de los derechos humanos, incluso en contextos de crisis o emergencia.


